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De la paridad vertical a la paridad horizontal: debates en torno a la democracia paritaria

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Este año se cumplen 32 años de la Ley 24.012 de Cupo Femenino en Argentina, sancionada el 6 de noviembre de 1991. Fue la primera vez que en América Latina se determinó que al menos el 30 por ciento de las listas de candidatos que presentan los partidos en las elecciones estuviera ocupado por mujeres. Luego de esta iniciativa pionera en la región, otros 11 países latinoamericanos introdujeron leyes similares. En Argentina, fue aplicada originalmente en la Cámara de Diputados de la Nación, extendida en 1995 al Senado de la Nación cuando cambió su modo de elección, pasando de senadores elegidos por las legislaturas a elegidos directamente en elecciones.

El cupo estuvo vigente hasta las elecciones legislativas de 2017 en nuestro país, cuando se estableció por Ley (Ley 27.412) un sistema de paridad de género en los órganos legislativos nacional y subregional (Congreso Nacional y Parlamento del Mercosur). El 23 de noviembre de 2017 el Congreso de la Nación aprobó la Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política, estableciendo que las listas de candidatos al Congreso de la Nación -tanto para la elección de diputados y senadores, y al Parlamento del Mercosur- deben ser realizadas "ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente", dejando sin efecto el cupo femenino.

Definidas como mecanismos correctivos de una situación anómala, con el fin de disminuir las distancias económicas, sociales y de otra índole, entre integrantes de una sociedad, establecen porcentajes mínimos de mujeres que los partidos políticos deben incorporar en sus listas de candidatos/as.

En Argentina, a partir de la sanción de la Ley de Cupo Femenino en 1991 (Ley N° 24.012) las provincias han ido armonizando sus normativas electorales para ampliar los derechos políticos de las mujeres, incluso varias de ellas incorporaron la paridad antes que a nivel nacional. En este sentido se puede agrupar a las leyes de paridad provincial según el año cuando se sancionó en relación a la Ley de Paridad Nacional en el 2017 como ola inaugural, segunda ola y ola tardía.


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En el estudio realizado por el Observatorio Electoral de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad se establecen los niveles de fortaleza de las leyes de paridad provincial tomando tres dimensiones: el alcance del principio paritario, las sanciones ante incumplimientos y los mecanismos de reparación para revertir patrones históricos de brechas de género en la participación política de las mujeres.

En esta línea de análisis, describen a las leyes de paridad provincial de la ola inaugural, con la excepción de Córdoba, como las más débiles y generales; mientras que en la segunda ola se introdujeron innovaciones en las tres dimensiones: se amplía la paridad o recomienda su incorporación a los órganos deliberativos partidarios y con esto, se suma como sanción la pérdida de la personalidad jurídica de las agrupaciones políticas en caso de incumplimiento; y se incorpora el principio de la identidad de género como mecanismo de reparación de los derechos de las candidatas. Finalmente, en la ola tardía las leyes de paridad se fortalecen al ampliar el alcance a los poderes Ejecutivo y Judicial y, fundamentalmente, por sumar otros mecanismos de reparación como el 6 acceso preferencial y los órganos de control.

A nivel nacional a partir de la sanción de la Ley de Paridad en 2017 los incumplimientos han sido de bajos a insignificantes, tanto en las elecciones de 2019 como en las legislativas de 2021. Sin embargo, la paridad vertical no pareciera estar acompañada de la paridad horizontal entendida esta última como la participación igualitaria en clave territorial, en los distintos poderes del Estado. Cabe destacar que aun dos provincias argentinas: Tucumán y Tierra del Fuego no han sancionado la paridad a nivel provincial, aunque en esta última provincia la ciudad de Ushuaia logro la sanción a nivel local y se implementara la paridad por primera vez este año.

En la región se viene trabajando para avanzar hacia la paridad horizontal. En Ecuador se hizo una modificación al Código de la Democracia, normativa electoral, en el que se fijó el 15 por ciento como porcentaje mínimo de encabezamiento de mujeres en las listas a nivel nacional por organización política para las elecciones 2021; porcentaje que irá en aumento hasta alcanzar el 50 por ciento en las elecciones de 2025.

En México, uno de los países pioneros en las acciones afirmativas para la participación política de las mujeres, se implementó la paridad segmentada según la competitividad de los distritos. De tal modo que las mujeres no sean candidatas en aquellas regiones donde el partido político históricamente pierde.

Sin dudas la Ley de Cupo Femenino significó un hito, no solo en la historia política de Argentina y de nuestra región, sino también en la historia de los avances en los derechos políticos de las mujeres. Las acciones afirmativas se enmarcan dentro de la política de la presencia, generando procedimientos tendientes a incorporar al espacio de lo político a aquellos sujetos o grupos excluidos o marginados.

La experiencia ha mostrado que la participación de mujeres en espacios donde se decide la agenda política contribuye a que se incorporen temas que repercuten en beneficio de toda la sociedad, como la custodia parental, legislación contra la violencia de género, la salud sexual y reproductiva, el empleo y autonomía económica de las mujeres, seguridad en espacios públicos, educación, gestión del agua, etc.

Claro que una cosa es que la presencia de mujeres en los cargos políticos constituya un elemento necesario en el desmantelamiento de un sistema patriarcal y otra que resulte suficiente para alcanzar la representación sustantiva. Es por eso que la igualdad de oportunidades y de trato sigue siendo un tema prioritario de análisis y propuestas de acción de los colectivos de mujeres, tanto dentro como fuera de los espacios políticos, como así también de transformaciones socio-culturales. La exclusión de las mujeres de los espacios de decisión no solamente produce discriminación, desigualdad, interiorización y subordinación, sino también un obstáculo a la concreción de la equidad de géneros.

Cabe recordar que la participación política de la mujer, que históricamente se ha visto restringida, modificó algunas conductas a partir de la sanción de la Ley 13.010 de Voto Femenino y la Ley 24.012 de Cupo Femenino. El derecho de poder elegir y de ser elegidas se planteó por primera vez en el mundo a mediados del siglo XIX, pero recién a fines de la década del 40 del siglo XX llegó a nuestro país, cuando ya numerosos países a nivel global tenían incorporada esta conquista en su legislación.


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En Argentina, la primera experiencia de voto femenino se llevó a cabo en la provincia de San Juan en el año 1923, que luego fue anulada por el gobierno nacional. La Ley 13.010 de 1947, le otorgó a la mujer -no solamente un derecho activo- sino también una gran responsabilidad, que es la de poder ser elegida. Sin embargo, la misma no garantizó la igualdad de los sexos en el campo político.

Podemos decir que la Ley de Cupo Femenino cambió todo. Esa ley fue un hito importantísimo en la historia política de las mujeres en Argentina porque abrió caminos insospechados. Además del incremento de las mujeres en las bancas, la ley incorporó la posibilidad de incluir en la Constitución tratados internacionales, de derechos humanos y derechos de las mujeres. Se sancionaron varias leyes muy relevantes que sin mujeres en el Congreso argentino no hubieran existido, como por ejemplo: las del IVE, el parto humanizado, la educación sexual integral, la Ley Micaela y Matrimonio Igualitario.

Como en todas las luchas contra hegemónicas la participación de las mujeres en la vida política no solo trajo avances, sino que también reactivo la misoginia de las que son blanco aún hoy, con discursos violentos, agravios, discriminaciones y campañas de desprestigio hacia las mujeres que intervienen en política.

A pesar de los logros conseguidos en los últimos años en la Argentina, en la región y en el mundo en materia de representación política de la mujer, todavía no alcanzan para lograr una igualdad sustantiva. Algunas de las barreras a las que se enfrentan las mujeres actualmente cuando ingresan a la arena política incluyen, entre otras, la violencia generalizada, la carga de las tareas de cuidado que impiden en muchos casos compatibilizar la vida pública con la privada, los marcos legales que no consideran la igualdad de género, la falta de educación formal y política, las prácticas existentes dentro de los partidos políticos que conducen a la exclusión de las mujeres, la cobertura mediática del proceso electoral con sesgo de género y el acceso limitado a la financiación de las campañas. Todos estos factores inciden en el acceso de las mujeres a las candidaturas para cargos electivos.

Más allá de las instituciones: de la paridad en las listas a la paridad sustantiva

Hoy, a 32 años de la Ley de Cupo Femenino, la participación de las mujeres se limita a los ámbitos legislativos, con escasa presencia y poder de decisión al interior de los partidos políticos que son los núcleos de poder real. La designación de mujeres en las listas en una mesa chica conformada por hombres reduce los grados de independencia y coartan el liderazgo que pueden ejercer las mujeres una vez electas.

Según la base de datos del Observatorio de Reformas Políticas de América Latina solo el 24 por ciento de los partidos políticos de la región consideran cuotas de género en sus estatutos. Frente a estas barreras institucionales, la sinergia entre mujeres de los distintos partidos políticos, es el único camino posible para promover democracias paritarias. Su articulación, su viveza y su oportunidad política son claves para seguir corriendo márgenes.

En este sentido y utilizando la comunicación como medio de organización, a partir de la sanción de la Ley de Paridad, el colectivo de dirigentes políticas plural y federal Ojo Paritario lanzó en redes sociales la campaña #FeministasEnLasListas para exigir que se incorporen en las nóminas partidarias a las dirigentes políticas comprometidas con la lucha por la igualdad de género, de modo de trascender la mera presencia de mujeres en pos de que los intereses de genero sean defendidos y convertidos en políticas públicas. Durante los días previos al cierre de lista en la últimas elecciones los hashtags #MujeresEnLasListas y #SinParidadNoHayDemocracia se replicaron masivamente en todo el país, mientras que la consigna #FeministasEnLasListas se consolidó como primera tendencia en Twitter. La convocatoria fue apoyada por mujeres de todo el arco político y este año la campaña federal tiene como consigna #OjoTeEstamosMirando.

El camino hacia una igualdad sustantiva requiere de la emergencia de liderazgos que diversifiquen las trayectorias políticas de las mujeres que acceden al poder y democraticen así la representación.


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