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La Matanza: un jurado popular declaró culpables a 11 policías por abuso sexual y vejaciones a mujeres y personas trans

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Once funcionarios policiales de la Comisaría 3ra. de La Tablada fueron declarados culpables de los delitos de severidades, vejaciones y abuso sexual a mujeres y personas trans detenidas allí. Tras una larga deliberación, en la madrugada del sábado un jurado popular integrado por doce vecinas y vecinos de La Matanza decidió el veredicto por unanimidad y por mayoría, según los casos. 

Los hechos ocurrieron entre septiembre de 2019 y enero de 2020 y fueron denunciados por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), quien asumió el patrocinio de 17 de las 28 víctimas y, además, fue parte del proceso como particular damnificado institucional. El organismo, que funciona como Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, sostuvo en sus alegatos que estas prácticas fueron sistemáticas y que se dieron en un contexto de graves vulneraciones a los derechos humanos. 

Durante el juicio se probó que durante ese período los agentes policiales ejercieron violencias físicas y psicológicas con el objetivo de humillar, producir gran sufrimiento y castigar a las detenidas de múltiples formas: insultos racistas y xenófobos, aislamiento extremo, "engome" o encierro en celdas diminutas por tiempo prolongado —donde eran forzadas a hacer sus necesidades en condiciones deplorables—, robo y destrucción de los alimentos que ingresaban sus familias, provisión de agua hirviendo y en mal estado para hidratarse, y abusos sexuales durante una requisa en donde se buscaba un celular. El otro delito que quedó probado fueron las vejaciones durante una requisa policial masiva a cargo del Grupo de Apoyo Departamental (GAD) luego de una protesta de las detenidas por las condiciones en las que pasaban sus días privadas de la libertad.

Hubo cuatro policías que llegaron al juicio, pero que no fueron encontrados culpables. La decisión del jurado fue tomada luego de cinco jornadas que comenzaron el 17 de abril y finalizaron el viernes con la lectura de los alegatos de ambas partes. A las 23 horas el juez Gerardo Gayol, del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de La Matanza, dictó cuarto intermedio para que las y los vecinos, en calidad de representantes del pueblo, pudieran deliberar. La decisión se conoció a las 3 de la mañana en salón principal de la Unión Industrial, lugar que alojó las audiencias debido a la cantidad de asistentes que tendría. 

“Después del veredicto del tribunal quedamos contentos porque fue un resultado mejor de lo esperado, pese a lo atroz de toda la situación. Para las pibas fue muy importante todo el proceso que tuvieron que atravesar. Fue difícil porque la defensa de los y las policías fue muy agresiva, focalizando todo el tiempo en la cuestión de que eran delincuentes. Veremos ahora los montos de pena y cómo sigue el procedimiento”, contó a Feminacida Roberto Cipriano García, abogado, psicólogo social y Secretario Ejecutivo de la CPM.

El próximo 10 de mayo se realizará la audiencia de cesura donde las partes requerirán el monto de las penas a imponer a los policías declarados culpables y luego dictar su sentencia. 



Tiempo de alegar

La denuncia penal fue presentada por la CPM el 21 de enero de 2020, luego de  una inspección a la comisaría, sita en Alberti 702. Allí constataron las inhumanas condiciones materiales de detención y, a partir del testimonio de las mujeres y trans detenidas, se conocieron las graves violaciones a los derechos humanos, agudizadas desde la asunción del subcomisario Lionel Maximiliano Gómez. Luego intervino la Fiscalía de gravedad institucional de La Matanza que, no sólo acreditó la violencia ejercida, sino que indicó que se trataba de un “castigo moral y humillante por su condición de mujeres y trans”. 

La jornada de alegatos demoró su inicio. Mientras tanto, organizaciones de derechos humanos que acompañaron el juicio instalaron una radio abierta en las afueras de la Unión Industrial para dar a conocer lo que iba sucediendo a lo largo de las audiencias. Entre las agrupaciones que apoyaron estuvieron H.I.J.O.S. La Matanza, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Matanza, la distrital de SUTEBA y el Instituto de derechos humanos del Colegio de Abogados de La Matanza. 

En primer lugar, se dieron a conocer los alegatos Jorge Yametti, fiscal de delitos de gravedad institucional. Luego fue el turno de los alegatos de la querella y particular damnificado institucional. En representación de la Comisión Provincial por la Memoria pasaron Margarita Jarque, directora del Equipo de Litigio Estratégico, y Luz Santos Morón, abogada integrante de la CPM. Durante su alocución argumentaron para pedir el veredicto de culpabilidad de los acusados. 

“Pudimos reconstruir el calvario que sufrieron mujeres y personas trans en la Comisaría 3ra. de La Tablada. Las víctimas que testimoniaron son la prueba más fuerte de que estos hechos sucedieron”, manifestó Jarque en el inicio del alegato y destacó: “Los hechos que suceden en el encierro son muy difíciles de probar porque las personas se encuentran allí con sus victimarios, no hay terceros. Las fuerzas de seguridad se caracterizan por actuar corporativamente. Nadie denuncia, nadie declara y, por lo tanto, son las víctimas quienes sacan estos sucesos a la luz. A este juicio llegamos por su valentía”. 

Además, la directora del Equipo de Litigio Estratégico de la CPM puntualizó sobre el rol de los agentes policiales: “Su obligación era cuidar a las detenidas. Custodiar, en todo caso. Pero no maltratarlas, no vulnerar sus derechos elementales. Ellas solo perdieron la libertad ambulatoria; el resto de los derechos, no”.

A continuación, la abogada Luz Santos Morón se refirió al abuso sexual que ocurrió en una de las requisas y remarcó el caso Castro Castro contra Perú, fallo que el abogado Cipriano García trajo a colación durante su declaración en una de las audiencias para cotejar algunas similitudes con este juicio. “Allí la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que las requisas vejatorias constituyen abuso sexual”, explicó la profesional y dio marco para la interpretación de los delitos que el jurado popular debía juzgar. 

El fallo precedente refiere a la responsabilidad internacional del Estado por la utilización excesiva de la fuerza que resultó en la muerte de decenas de personas privadas de la libertad. Los hechos sucedieron entre el 6 y 9 de mayo de 1992 en un operativo de traslado de 90 mujeres desde el centro penitenciario Miguel Castro Castro a centros penitenciarios femeninos. 



Un clásico: descalificar cuando no hay pruebas 

Los alegatos de la defensa estuvieron cargados de prejuicios y estigmatizaciones hacia la querella y hacia las víctimas, con una clara apelación a un “sentido común punitivista” caracterizado por castigar a aquellas personas que están privadas de su libertad por “merecerlo”. De hecho, elegir ser juzgados por un jurado suele ser una estrategia de los imputados para salir beneficiados en el veredicto, desde un sesgo que subestima a quienes están a cargo de juzgar. 

Además, la mayoría de los abogados defensores de las y los funcionarios policiales que estaban sentados en el banquillo intentó hacer creer la idea de que ésta era una causa armada abonando a la idea del “negocio de los derechos humanos”. Argumentos que, según varios de los integrantes de la CPM, se introducen cuando hay falta de pruebas para demostrar que los hechos denunciados no sucedieron. “¿Vale todo al momento de alegar? Debería haber límites éticos”, advirtieron durante uno de los recesos de la jornada. 

Margarita Jarque intervino luego de los alegatos de los abogados de los acusados para desarmar la mentira que intentaron instalar. “Acá, quienes trajeron la ideología y la desplegaron en todas sus formas, fueron las defensas; no nosotros. Les hablamos de los hechos, de la causa, de las víctimas, y de las pruebas. Y para eso no necesitamos ofender a nadie. Intervinieron actores judiciales desde el primer momento, dos fiscales investigaron, una jueza dijo que esto tenía que venir a juicio y el Centro de Asistencia a las Víctimas intervino por la gravedad, —y pertenece al poder judicial”, aclaró y desmintió: “Nosotros no armamos nada, solamente intervenimos en cumplimiento de una ley que nos delega prevenir la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes en unidades de encierro. Para eso desplegamos distintas estrategias implican dinero como también se dijo aquí falsamente”.

Por otra parte, el organismo publicó un comunicado en su página web donde ratificó lo sucedido: “Hostigaron a las víctimas, a sus abogados y abogadas, e insistieron en atacar recurrentemente el trabajo realizado por la CPM en la defensa de los derechos humanos. Como muestra el categórico voto del jurado popular, nada de esto tuvo peso o incidencia en el camino de justicia”. 

La valentía de no callar

De acuerdo al Informe Anual 2022 de la Comisión Provincial por la Memoria —basado en tareas de monitoreo, intervención e investigación realizadas por el organismo durante el año anterior al de la publicación— a finales de 2021, había 2.405 mujeres y 112 personas trans y travestis detenidas en el Sistema Penitenciario Bonaerense (SPB). En el caso de las mujeres detenidas, la sobrepoblación fue del 60 por ciento y aumentó 23 puntos con respecto a 2020.

De acuerdo a denuncias del organismo en documentos anteriores, “persiste la sistematicidad y el carácter diferencial de las vulneraciones de derechos sobre mujeres y personas del colectivo LGBTIQ+”. “El sistema carcelario tiene 20 espacios destinados a alojar mujeres cis y personas trans y travestis, la mayoría se trata de anexos en cárceles de varones, por lo que se ven limitadas en la circulación por la unidad y las actividades que pueden realizar”, indica el informe que alertasobre la falta de atención a la salud, a los controles ginecológicos y a los tratamientos de hormonización.

La abogada Margarita Jarque también alegó que, a pesar de los años transcurridos, “todas las víctimas que declararon durante el juicio están profundamente afectadas por la violencia sufrida”. Varias continúan con problemas de salud de carácter crónico al día de hoy. Tales secuelas fueron comprobadas por terapeutas y trabajadores sociales del Centro de Asistencia a la Víctima del Departamento Judicial de La Matanza y del equipo de asistencia psicológica de la CPM. En su testimonio dieron cuenta del trabajo que han hecho durante casi cuatro años para confirmar que los daños siguen hasta la actualidad. 

También fue el médico Norberto Liwski, titular del Comité para la Defensa de la Salud, la Ética y los Derechos Humanos (CODESEDH), quien durante su declaración testimonial contó sobre el acompañamiento que esa institución hizo a las víctimas y aportó información sobre cómo deben efectuarse las prácticas ginecológicas a personas en situación de encierro. 


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“Las chicas nos agradecieron mucho el laburo. Además sentían un profundo alivio. Cuando inicie la semana nos contactaremos personalmente con cada una”, contó a este medio Marcela Leguizamón, psicóloga, miembro de la CPM y acompañante de las víctimas durante el proceso. Ni bien se conoció el veredicto, fueron anoticiadas con mensajes ya que estaban muy expectantes por el resultado. 

El jurado popular declaró culpables al subcomisario Lionel Maximiliano Gómez, Ángel Ariel Reales y Javier Ramón González por los delitos de severidades y abuso sexual. Valeria Suárez, Silvia Solari y Lara de las Nieves Taramazzo, por el delito de severidades; Silvina Suárez, por el delito de abuso sexual; Hernán Garzón, Yanina Vargas, Johanna Romero y Franco Hinojosa, por el delito de vejaciones. En tanto, Maida Ruiz, Cristian Aliaga, Leandro Maidan y Ariel Pasquale fueron declarados no culpables. El juez Gerardo Gayol dictó el cuarto intermedio hasta el 10 de mayo, fecha pautada para la audiencia de fijación de penas. 


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